El
23 de mayo pasado la Cámara
baja del Congreso argentino otorgó media sanción al proyecto de ley de la Comisión de Ciencia y
Tecnología por el cual se obliga a las instituciones que reciban financiamiento
del Estado a disponer de repositorios digitales públicos, gratuitos y abiertos
donde se vuelquen las investigaciones realizadas por los científicos
subvencionados.
La media sanción contó con 159 votos afirmativos y el proyecto fue presentado por Graciela Giannettasio, presidente de la comisión mencionada, junto con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. Giannettasio expresó: “El acceso público a estos contenidos no sólo contribuye a la ciencia, sino también a todo el progreso cultural. No colisiona con el sistema de propiedad intelectual. Cuando ampliamos conocimiento ampliamos soberanía”.
La producción científica que será publicada en los repositorios digitales abarca trabajos técnico-científicos, tesis académicas, artículos de revistas, entre otros; que sean resultado de la realización de actividades de investigación financiadas con fondos públicos ya sea, a través de sus investigadores, tecnólogos, docentes, becarios postdoctorales y estudiantes de maestría y doctorado.La Ley
establece además la obligatoriedad de publicar los datos de investigación
primarios luego de 5 años de su recolección para que puedan ser utilizados por
otros investigadores.
La media sanción contó con 159 votos afirmativos y el proyecto fue presentado por Graciela Giannettasio, presidente de la comisión mencionada, junto con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. Giannettasio expresó: “El acceso público a estos contenidos no sólo contribuye a la ciencia, sino también a todo el progreso cultural. No colisiona con el sistema de propiedad intelectual. Cuando ampliamos conocimiento ampliamos soberanía”.
La producción científica que será publicada en los repositorios digitales abarca trabajos técnico-científicos, tesis académicas, artículos de revistas, entre otros; que sean resultado de la realización de actividades de investigación financiadas con fondos públicos ya sea, a través de sus investigadores, tecnólogos, docentes, becarios postdoctorales y estudiantes de maestría y doctorado.
El texto original completo del proyecto de ley fue facilitado por Paola Azrilevich, responsable de
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